Cuándo se paga el IFE 2023 en noviembre

El martes 7 de noviembre comienza el calendario de pagos de la segunda cuota del refuerzo para trabajadores informales. Durante estos días recibirán el pago de $47.000 quienes ya cobraron la primera cuota, según la terminación del DNI. El calendario queda conformado de la siguiente manera:

  • DNI terminados en 0, 1 y 2: martes 7 de noviembre
  • DNI terminados en 3, 4 y 5: miércoles 8 de noviembre
  • DNI terminados en 6 y 7: jueves 9 de noviembre
  • DNI terminados en 8 y 9: viernes 10 de noviembre

Las personas que no cobraron el refuerzo en octubre recibirán las dos cuotas juntas (94 mil pesos) en el calendario de pagos de noviembre y en la CBU indicada al momento de completar la inscripción.

Requisitos para cobrar el nuevo IFE

  • Tener entre 18 y 64 años.
  • No estar recibiendo ninguna otra prestación, ni asistencia del Estado ni ingresos formales de ningún tipo.
  • No tener empleo formal.
  • Ser argentinas o nativas, por opción o naturalizadas, o extranjeras con una residencia no inferior a dos años anteriores a la fecha establecida en la normativa complementaria; debiendo habitar en el territorio argentino durante todo el período citado.
  • Encontrarse en situación de vulnerabilidad económica y patrimonial, según la normativa complementaria.
  • Completar la solicitud como está establecido en la normativa complementaria correspondiente.
  • No percibir ingresos formales de ningún tipo.
  • No estar bajo relación de dependencia registrada en el sector público nacional, provincial, municipal y/o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o en el sector privado.
  • No ser titular de jubilaciones, pensiones, planes, programas, prestaciones de la seguridad social, o retiros de carácter contributivo o no contributivo, ni nacionales, ni provinciales, ni municipales, ni de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
  • No estar registrado activamente en el Registro de Trabajadores de Casas Particulares, ni como titular de prestación por desempleo, programas de empleo o planes sociales.
  • No estar inscripto en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes ni en el Régimen de Autónomos.
  • No estar incluido en el Sistema de Servicios de Salud, conforme lo establezca la AFIP.
  • No estar privado de la libertad.
  • No ser una persona que tenga a cargo a niños, niñas, adolescentes o personas mayores de edad con discapacidad titulares de alguna de las prestaciones establecidas por el Régimen de Asignaciones Familiares.
  • No percibir ingresos de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social (AUH), ni de la Asignación por Embarazo para Protección Social, ni del Programa de Respaldo a Estudiantes Argentinos (PROGRESAR), ni del Programa Nacional de Inclusión Socio productiva y Desarrollo Local “Potenciar Trabajo”.
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  • Encontrarse en situación de vulnerabilidad económica y patrimonial, según la normativa complementaria.
  • Completar la solicitud como está establecido en la normativa complementaria correspondiente.
  • No percibir ingresos formales de ningún tipo.
  • No estar bajo relación de dependencia registrada en el sector público nacional, provincial, municipal y/o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o en el sector privado.
  • No ser titular de jubilaciones, pensiones, planes, programas, prestaciones de la seguridad social, o retiros de carácter contributivo o no contributivo, ni nacionales, ni provinciales, ni municipales, ni de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
  • No estar registrado activamente en el Registro de Trabajadores de Casas Particulares, ni como titular de prestación por desempleo, programas de empleo o planes sociales.
  • No estar inscripto en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes ni en el Régimen de Autónomos.
  • No estar incluido en el Sistema de Servicios de Salud, conforme lo establezca la AFIP.
  • No estar privado de la libertad.
  • No ser una persona que tenga a cargo a niños, niñas, adolescentes o personas mayores de edad con discapacidad titulares de alguna de las prestaciones establecidas por el Régimen de Asignaciones Familiares.
  • No percibir ingresos de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social (AUH), ni de la Asignación por Embarazo para Protección Social, ni del Programa de Respaldo a Estudiantes Argentinos (PROGRESAR), ni del Programa Nacional de Inclusión Socio productiva y Desarrollo Local “Potenciar Trabajo”.

Fuente: ambito