El Gobierno anunció la nueva segmentación en las tarifas del servicio de energía eléctrica y gas, consistente en tres escalas: una con tarifa social, otra con un aumento no mayor al 80% del Coeficiente de Variación Salarial y un tercero que pagará la tarifa plena

Según el decreto, el régimen de segmentación de subsidios a usuarios y usuarias residenciales de los servicios públicos de energía eléctrica y gas natural tiene “el objeto de lograr valores de la energía razonables y susceptibles de ser aplicados con criterios de justicia y equidad distributiva”.Tanto el nivel 2 como el 3 ya tuvieron los ajustes tarifarios correspondientes, equivalentes respectivamente al 40% y al 80% de la variación salarial del año pasado, y no volverán a tener incrementos en 2022.El régimen de segmentación está compuesto por los siguientes niveles:

Nivel 1 – Mayores Ingresos

Usuarios y usuarias que tendrán a su cargo el costo pleno del servicio de energía, en virtud de reunir al menos una de las siguientes condiciones, considerando en su conjunto a los y las integrantes del hogar:

Ingresos mensuales netos superiores a un valor equivalente a TRES Y MEDIA (3,5) Canastas Básicas (alrededor de $314.000).

Ser titulares de 3 o más automóviles con antigüedad menor a 5 años.

Ser titulares de 3 o más inmuebles.

Ser titulares de una o más aeronaves o embarcaciones de lujo según la tipología aplicable por AFIP.

Ser titulares de activos societarios que exterioricen capacidad económica plena.

Nivel 2 – Menores Ingresos

Usuarios y usuarias en los que el impacto en factura que genere la corrección del componente energía equivaldrá a un incremento porcentual total anual en su factura de hasta el 40% del Coeficiente de Variación Salarial (CVS) del año anterior, en virtud de reunir alguna de las siguientes condiciones, considerando en conjunto a los y las integrantes del hogar:

Ingresos netos menores a un valor equivalente a una Canasta Básica (alrededor de $95.000).

Integrante del hogar con Certificado de Vivienda (ReNaBaP)

Domicilio donde funcione un comedor o merendero comunitario registrado en RENACOM;

Al menos un o una integrante del hogar posea Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.

Al menos un o una integrante posea certificado de discapacidad expedido por autoridad competente y, considerando a los y las integrantes del hogar en conjunto, tengan un ingreso neto menor a un valor equivalente a 1,5 Canastas Básicas Totales (CBT) para un hogar.

Nivel 3 – Ingresos Medios

Usuarios y usuarias no comprendidos en los niveles 1 y 2 a quienes, tomando como referencia el ámbito de jurisdicción nacional, tendrán un impacto en factura que genere la corrección del componente Energía equivaldrá a un incremento porcentual total anual en su factura no mayor al 80% del Coeficiente de Variación Salarial (CVS) del año anterior.

Asimismo, serán incluidos en este nivel quienes, pudiendo integrar el Nivel 2 Menores Ingresos, en virtud de reunir alguna de las condiciones a), c) o e) señaladas precedentemente para dicho nivel:

i) sean propietarios o propietarias de DOS (2) o más inmuebles, considerando a los y las integrantes del hogar en conjunto, o

ii) sean propietarios o propietarias de un vehículo de hasta 3 años de antigüedad, excepto los hogares donde exista al menos un o una conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD).

Fuente: Ámbito.com