Un tribunal comercial dictaminó que la diputada Elisa Carrió, no podrá ampararse en sus fueros ante una demanda civil que le inició, por daños y perjuicios, el administrador general de la Corte Suprema, Héctor Daniel Marchi.

El fallo rechazó la "inmunidad parlamentaria" que interpuso la lider de la Coalición Cívica. En consecuencia, Carrió será investigada por presunta falsa denuncia. Así también, se investigará si la diputada montó una "operación de prensa", según publicó el diario Ámbito Financiero, 

Carrió denunció al juez de la Corte Suprema Ricardo Lorenzetti y a Marchi el 13 de enero de 2016 por enriquecimiento ilícito ante el juez Sergio Torres.  La denuncia fue luego archivada por "inexistencia de delito".

Marchi adujo que al momento de plantear la denuncia penal, afectaron su buen nombre y honor a sabiendas de que la AFIP había declarado la "inexistencia de interés fiscal en el caso".

El funcionario los demandó civilmente un año después, pero Carrió, pese a que sostuvo públicamente que no se ampararía en sus fueros, se defendió argumentando que sus dichos estaban amparados en su función como legisladora.

"Se considera que la imputación de un delito es una cuestión no alcanzada por la inmunidad parlamentaria establecida en el artículo 68 de la Constitución Nacional ya que la denuncia penal no es equiparable a una opinión o discurso, más aún cuando dicha imputación no es una derivación de la actuación atinente a la propia función legislativa asignada", indicó la Sala B.

"La inmunidad que la Constitución le reconoce a los congresistas es para expresarse, no para denunciar penalmente a cualquier ciudadano por cualquier hecho, ni para armar supuestas operaciones de prensa, sin asumir ninguna responsabilidad y aquí son estas últimas las conductas que se les atribuyen" a Carrió y Sánchez, sostuvo el camarista.


Fuente: LetraP.com.ar