La Administración Federal de Ingresos Públicos ( AFIP) informó ayer que los empleadores que requieran la asistencia estatal para el pago de los salarios de junio pueden registrarse hasta este viernes.

El organismo precisó que, para hacerlo, deben cargar la información sobre su facturación en el sitio web de la AFIP, http://afip.gob.ar. Todas las empresas deberán registrarse, incluso aquellas que hubieran realizado el procedimiento en los meses anteriores.

Las firmas que iniciaron actividades entre enero y abril de 2019 podrán rectificar la información sobre su facturación para acceder al Salario Complementario de mayo.

A través de la Resolución General 4751/2020 la AFIP habilitó a que dichas empresas ingresen en la facturación referida a diciembre de 2019 y abril de 2020.

Esos datos serán utilizados por el organismo para validar el acceso al beneficio del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción ( ATP) correspondiente a mayo.

Requisito de facturación


El acceso al Salario Complementario de mayo se validará cuando se cumplan los parámetros en materia de variación en la facturación entre ambos períodos, que no debe superar el 5%, y la actividad desarrollada esté contemplada en la normativa.

Los empleadores registrados en el programa ATP que todavía no lo hubieran hecho deberán informar una CBU para cada uno de sus trabajadores y trabajadoras.

La carga de la información se realiza a través del servicio web “Simplificación Registral”, y no es necesario que sea una cuenta sueldo, sino que puede ser cualquier cuenta bancaria válida donde el trabajador o la trabajadora figure como titular o cotitular.

Asignación

La Anses deposita en la cuenta de cada trabajador incluido en el programa un promedio de $20.556, con un mínimo de $ 16.875 -correspondientes a un salario mínimo vital y móvil- y un máximo de $33.750, lo que cubrirá hasta el 50% de un salario neto de $67.500.

“El objetivo del Programa ATP es sostener los salarios de los trabajadores y asistir a las empresas afectadas por la pandemia. Es un programa inédito en la historia argentina”, indicó la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont, cuando se confirmaron los pagos de junio, al destacar que la mayoría de las empresas beneficiadas son pymes.

En total, en junio, fueron 194 mil las empresas beneficiadas este mes por el Programa ATP, que podrán consultar desde mañana los montos que serán depositados por el Estado en las cuentas bancarias de cada uno de los trabajadores alcanzados por el salario complementario.

Contribuciones

Aquellos aprobados para el ATP acceden a la postergación de pago o reducción de hasta el 95% de las contribuciones patronales al SIPA. Incluye los siguientes beneficios:

- Se amplía el plazo para pago de las contribuciones patronales del SIPA.

- Se reduce hasta el 95% de las contribuciones patronales del SIPA de junio de 2020 en función de parámetros establecidos por la Jefatura de Gabinete de Ministros.

Excluidos

De acuerdo con la normativa se encuentran excluidos de los beneficios:

- Quienes realizan actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia sanitaria cuyo personal fue exceptuado del cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio.

- También se excluye a todos aquellos que no muestren indicios de haber sufrido una disminución significativa de su nivel de actividad.

Paso a paso: inscripción

1

Accedé a la página principal del sitio web de afip y presioná “Ingresar”. A continuación, deberás colocar tu CUIT y clave fiscal

2

Una vez dentro del menú de clave fiscal, dirigite a la sección “Mis Servicios” y buscá “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción”. Cuando aparezca el servicio, presioná “Agregar”.

3

Al cambiar la pantalla, ingresá al servicio y presioná “Iniciar”.

4

A continuación, deberás seleccionar el período por el cual vas a solicitar los beneficios.
Si iniciaste actividad con posterioridad al 01/05/2019 tendrás la posibilidad de elegir si tu solicitud es para el periodo abril y/o mayo 2020. Para avanzar, presioná “Continuar”.



5

El sistema verificará que hayas presentado DJ 931 del mes de febrero y marzo 2020 y que te encuentres adherido al Domicilio Fiscal Electrónico. Si cumplís con esos requisitos visualizarás la siguiente pantalla. Para continuar debés declarar que los datos son correctos, tildar el recuadro y luego presionar en “Confirmar”.


Tené en cuenta que, si ya realizaste presentaciones anteriores, estarás presentando una rectificativa.
En “Datos de tu actividad” se muestra el total de ventas registradas en Comprobantes en Línea.

En caso de que deseés actualizar el importe, deberás ingresar al servicio “Comprobantes en Línea” en la opción “ ATP - Consulta y declaración de nuevas operaciones”. Una vez actualizados tus datos, presioná el botón “Finalizar” para que queden los datos guardados.

6

Una vez confirmado, visualizarás la siguiente pantalla. Podrás descargar la constancia, o salir.

En este paso podrás descargar la constancia.

7

Al finalizar, si ingresas nuevamente al servicio, encontrarás la opción de consultar tus solicitudes presentadas. Allí verás el número de la solicitud, fecha, periodo, secuencia y estado. Además podrás descargar la constancia de cada presentación.

Fuente: Crónica