El ANSES informó que a partir de las 0 horas de hoy, lunes 6 de abril, los y las ciudadanas que solicitaron el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) podrán saber si  reúnen los requisitos para cobrar lo 10.000 pesos. La ayuda se pagará durante este mes. 

El Gobierno implementó esa el pago de los 10.000 pesos para los sectores más vulnerables ante el congelamiento de la economía por la pandemia de coronavirus. Quienes cumplan con los requisitos exigidos para el pago del beneficio podrán continuar con el trámite siguiendo los pasos que oportunamente comunique ANSES. 

Dónde consultar

Los que se inscribieron deberán ingresar a consultar su situación en la página web de la ANSES de acuerdo con el siguiente cronograma:

DNI terminados en 0 y 1: lunes 6 de abril

DNI terminados en 2 y 3: martes 7 de abril

DNI terminados en 4 y 5: miércoles 8 de abril

DNI terminados en 6 y 7: jueves 9 de abril

DNI terminados en 8 y 9: viernes 10 de abril


Quiénes pueden cobrar

Según anunicaron, los monotributistas alcanzados son los de las categorías A y B, y los trabajadores informales sin ningún tipo de ingreso extra. 

Categorías A y B del monoributo y trabajador en negro

No tener ningún miembro de la familia que tenga ingresos declarados ante el Afip.

No recibir jubilación, pensión o algún programa social, excluida la AUH

No tener un patrimonio declarado en bienes registrables, salvo vivienda única.


Quiénes quedaran excluidos

Una última aclaración del ANSES, detalló quiénes quedaran excluidos del subsidio.

Una primera aclaración corresponde a cómo se considera el grupo familiar:

Grupo familiar. "Entiéndase por grupo familiar, a los fines de la presente, al compuesto por el o la solicitante, su cónyuge o conviviente y sus hijos menores de 18 años, o sin límite de edad en el caso de hijos con discapacidad, si los hubiere.”
“El grupo familiar podrá considerarse unipersonal por declaración jurada del solicitante. Cuando el solicitante tenga menos de 25 años, deberá acreditar un domicilio de residencia distinto al de sus padres
para que se lo asimile a un grupo familiar unipersonal. En su defecto, el grupo familiar se considerará compuesto por el o la solicitante y sus padres” aclara el anexo.

Otro de los nuevos requisitos, están referidos a la situación económica del solicitante. En este sentido quedaran excluidos del subsidio cuando:

a. Haber percibido una suma de ingresos en los últimos SEIS (6) meses cuyo promedio mensual supere el monto equivalente a DOS (2) veces el Salario Mínimo Vital y Móvil, ($ 16.875) establecido en el artículo 139 de la Ley 24.013.
b. Haber realizado gastos y/o consumos efectuados con tarjetas de crédito y/o débito que superen en más del SETENTA POR CIENTO (70%) de los ingresos calculados de acuerdo a las pautas del inciso a).
c. Haber obtenido o disponer rentas financieras que totalicen un monto superior a PESOS SESENTA Y SEIS MIL NOVESCIENTOS DIECISIETE $ 66.917 para el periodo fiscal 2018.

d. Haber efectuado una manifestación patrimonial en las declaraciones juradas del Impuesto sobre los Bienes Personales que supere CUATRO (4) veces el importe anualizado del ingreso previsto en el inciso a), y/o la tenencia de bienes informados por la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios que supere UNO COMA CINCO (1,5) veces el importe anualizado del referido ingreso, ( $303. 750) y/o la tenencia de bienes informados por la Administración Nacional de Aviación Civil, y/o la tenencia de embarcaciones.

Fuente: La Ciudad