En el día de hoy fue publicado el Boletín Oficial que establece la reglamentación de la ley de solidaridad social enviada por Alberto Fernández.

Si bien en un primer momento se creyó que los servicios digitales como Netflix, Spotify, y otros, pagarían el 30%, la resolución publicada en el BO establece que solo pagarán un 8% de impuesto.

"Establécese que cuando las operaciones comprendidas en el artículo 35 de la Ley N° 27.541 constituyan servicios incluidos en el inciso m) del apartado 21 del inciso e) del artículo 3° de la Ley de Impuesto al Valor Agregado, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, la alícuota prevista en el primer párrafo del artículo 39 de la norma legal indicada en primer término, será del ocho por ciento (8%)", expresa el artículo 17.

Pero eso no es todo. Otra importante novedad es que tampoco pagarán el 30% aquellos "servicios de transporte terrestre, aéreo y por vía acuática, de pasajeros con destino fuera del país, contratados a través de empresas del país, cuando fueran canceladas en efectivo".

Fuente: El Destape