Se acerca la fecha para que los trabajadores cobren el medio aguinaldo de junio y la pandemia sembró dudas sobre el cobro. La ley estipula que debe hacer un empelado si registra problemas al respecto.

La Ley de Contrato de Trabajo (LCT), en su artículo 122, señala que el salario anual complementario se debe pagar en dos mitades: una, el 30 de junio y otra, el 18 de diciembre. En cada caso equivale al 50% de la mejor remuneración del primer y del segundo semestre, respectivamente.

El incumplimiento de pago del aguinaldo no contempla ningún plazo adicional, a diferencia del salario regular, que también debe abonarse el último día del mes pero para el cual el empleador tiene cuatro días hábiles para pagarlo.

En el caso de abonar el aguinaldo, según la LCT, si habiendo superado la fecha de pago el trabajador no cobró, éste puede intimar a su empleador reclamando el pago, bajo apercibimiento de adoptar alguna medida, que puede hacerse efectivo o no.

Asimismo, el empleado, en caso de no llevar el conflicto a la justicia laboral, sí puede requerir el pago, sin hacer efectivo apercibimiento alguno, a los fines de dejar constancia de que dicho reclamo se formuló ante eventuales futuros incumplimientos.

El Gobierno pagará en cuotas los aguinaldos de los trabajadores estatales

En medio de la fuerte crisis económica, el Gobierno informó a los sindicatos estatales que pagará en cuotas el aguinaldo de los trabajadores del sector público nacional con salarios más altos , mecanismo que serviría de caso testigo para las negociaciones de provincias y municipios con el resto de los empleados en todo el país.

Según confirmó LA NACION , el tope para cobrar el medio aguinaldo completo con el sueldo de junio serán $80.000 brutos. Esto quiere decir que el máximo de medio aguinaldo a cobrar será de $40.000 . Por encima del tope, se pagará ese máximo ($40.000) y el resto a cobrar por el trabajador se abonará en cuatro partes siempre y cuando no sean menores de $1000.

¿Cómo se calcula el aguinaldo?

Para calcular el aguinaldo se debe tomar el 50% de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto dentro de los dos semestres que culminan en los meses de junio y diciembre de cada año

Este medio sueldo adicional se calcula tomando el sueldo más alto de los primeros seis meses del año, de enero a junio, y se divide por la mitad.

El cálculo incluye la suma del sueldo básico , las horas extras y otros compensatorios . Se trata de la primera cuota del SAC. La segunda debe abonarse antes de que finalice el año.

Si durante el semestre el empleado no trabajó todos los meses (ya sea porque empezó a trabajar recientemente o porque se extinguió el contrato) hay que pagarle el proporcional a los meses trabajados .

¿Qué se considera a la hora de calcular el aguinaldo?

Salario básico

Comisiones

Viáticos sin comprobantes

Remuneraciones en especie - casa/habitación/comida-

Bonificaciones adicionales

Propinas habituales y no prohibidas

Bonus o bonos por objetivos cumplidos

Salarios por enfermedad accidente profesional

Horas extra

Vacaciones y plus vacacional

¿Qué NO se considera a la hora de pagar el aguinaldo?

Asignaciones familiares

Extras por licencia por maternidad

Prestaciones hechas por la ART

Beneficios sociales otorgados por el empleador

¿El aguinaldo paga ganancias y tiene retenciones como el sueldo?

Efectivamente si el trabajador paga Impuesto a las Ganancias sobre su salario , verá su medio aguinaldo comprendido en el impuesto. También verá la retención del 17% que se hace en todo salario de un trabajador en relación de dependencia.

Fuente: El Destape / La Nación