Amílcar Néstor Guidotti, empresario y dueño de Premiar Seguros fue procesado el pasado 5 de abril pasado por la Sala 7 de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional.

El fallo confirmó el procesamiento por “defraudación por retención indebida” en la causa iniciada por Gestión Compañía Argentina de Seguros.

Guidotti no contará con prisión preventiva. Además, la Justicia ordenó trabar un embargo por medio millón de pesos para la indemnización que pudiera reclamarse y las costas del proceso. 

Si bien el acusado apeló el fallo, el 15 de abril la Cámara rechazó el recurso de casación al no verse afectadas ningunas de las garantías constitucionales que amparan al procesado.

Guidotti se desempeñó al frente de la compañía querellante ocupando el cargo de gerente general durante el periodo 2017-2019.

Tras su salida el acusado lanzó su propia aseguradora. Según figura en la causa, fue en aquel momento cuando se quedó con bienes pertenecientes a la sociedad que se encontraba bajo su resguardo y/o utilización.

Esta razón llevó a la compañía a tomar medidas legales y lo acusó por “Defraudación por retención indebida”, que según lo que establece el artículo 173 Inciso 2 del Código Penal se considera culpable a todo aquel que “con perjuicio de otro se negare a constituir o no restituyere a su debido tiempo dinero, efectos o cualquier otra cosa mueble que se le haya dado en depósito, comisión, administración u otro título que produzca obligación de entregar o devolver”.

La causa se tramitó en el juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Número 9 con el expediente N 40574/2019. Allí comenzó su recorrido judicial, en el cual la compañía compareció ante las oficinas del juzgado para dar aún más detalles de la sustracción de diversos bienes de la que había sido víctima y que había sido perpetrada por Guidotti. En un primer momento, la Justicia llevó a cabo un arduo proceso de investigación en torno a diversas pruebas que permitieron finalmente determinar la veracidad de la denuncia de la parte querellante.

Fue en ese entonces que, luego de que la Policía de la provincia de Buenos Aires realizara varias tareas de investigación y seguimiento, el juez a cargo de la causa dispuso un allanamiento en la casa del denunciado, ubicada en el barrio San Isidro Labrador de Benavídez. Dicho allanamiento se produjo el 18 de septiembre de 2019. En ese momento, en el inmueble se encontraba la familia del acusado. Fue cuando las autoridades encargadas del procedimiento encontraron algunos de los bienes denunciados y procedieron a su inmediato secuestro. Meses más tarde y luego de las medidas judiciales correspondientes, dichos bienes fueron finalmente devueltos a la parte querellante, su legítima dueña. El proceso judicial continuó su curso y finalmente, la Cámara Nacional de Apelaciones determinó el procesamiento del acusado.

Dicho delito implica una pena que puede llegar hasta seis años de prisión, según los que dicta el artículo 172 del Código Penal. Además, la Sala 7 de la mencionada Cámara ordenó trabar un embargo por la suma de 500 mil pesos sobre los bienes del acusado. Ahora, con el rechazo del recurso de casación interpuesto por la parte procesada, solo resta que la causa continúe en el juicio oral.