Las cooperativas y mutuales financieras y de seguros, que deberán pagar una alícuota máxima del 4%. ¿Por qué? Porque entró en vigencia la Ley 27.486, que genera el llamado Impuesto al Patrimonio del cual son víctimas esta clase de organizaciones.

Al igual que los trabajadores con Ganancias, este impuesto cuenta con un mínimo no imponible el cual será de $ 50 millones - actualizado anualmente por inflación.

La vigencia del impuesto es por cuatro años y el Gobierno nacional anunció, además, que hasta cien millones deberán pagar una alícuota del 3% sobre el excedente de $ 50 millones y esa alícuota alcanzará el 4% cuando el patrimonio supere los 100 millones de pesos.


Fuente: El Cronista.