Otro revés desfavorable para el Gobierno. Esta vez, constituido por la decisión de declarar la inconstitucionalidad de la nueva ley de movilidad, ordenando que se aplique la fórmula anterior, calculada en 14,5%, debido a la no retroactividad de este tipo de leyes.

En noviembre de 2017, a días del cierre del cambio del reajuste, el Congreso aprobó la nueva ley de movilidad, provocando el retroceso del cierre a septiembre de 2017, “produciéndose así un atraso de seis meses en el período de referencia, y diferiéndose el último trimestre para el aumento correspondiente a junio de ese año”, según lo que manifestó la sentencia.

El fallo asevera que esa diferencia desfavorecedora “pretendió ser zanjada con un subsidio extraordinario por única vez”, recibido únicamente por aquellos que ganaban menos de $ 10.000. Y agregó: “Claramente, dicho subsidio extraordinario no alcanza a paliar el gravamen producido”.

La Cámara también asegura que “la aplicación retroactiva antes aludida vulnera los principios de progresividad y de no regresividad de los Derechos económicos, sociales y culturales, consagrados en los Tratados Internacionales de Derechos Humanos”.

INFLACIÓN EN MEDICAMENTOS Y PRODUCTOS ESENCIALES

La situación político-económica que viene atravesando el país durante los últimos 3 años ha generado un retroceso enorme con respecto a los derechos adquiridos de los adultos mayores. Por ejemplo, la jubilación mínima en marzo de 2019 asciende a $10.410, representando un aumento de 172% entre mayo de 2015 y la actualidad, mientras que la inflación únicamente de los medicamentos en el mismo periodo presenta aumentos del 257%.

Preocupa el aumento en medicamentos para pacientes crónicos, como lo son los enfermos cardiovasculares. Medicamentos típicamente usados para dichos tratamientos, como el Atenolol o el Sintro, presentan porcentajes de aumento por encima del 500%. No obstante, PAMI decidió modificar su plan de cobertura, limitando la entrega de medicación crónica y presentando una restrictiva requisitoria a cumplir para poder recibirlos de forma gratuita. Esta medida perjudica a más de 2 millones de afiliados.

Esta situación deja en evidencia una dolorosa realidad: muchos afectados limitan o cesan el consumo de dichas medicaciones, muchas veces de necesidad vital, por deber elegir entre realizar los tratamientos y satisfacer otras necesidades primarias.

Es el caso de la canasta básica de alimentos que, entre 2015 y 2019, presentó un aumento por encima del 300%, habiendo productos como el aceite de girasol, la carne picada o la lechuga que presentan aumentos de hasta un 500%.

Fuente: Diario El Sol